Divorcio administrativo en Campeche: requisitos, plazos y costo
En Campeche el divorcio ante el Registro Civil existe y lo regula el artículo 281 del Código Civil del Estado, con dos diferencias que juegan a tu favor frente al marco federal: no te exigen un año de casados y el texto legal no menciona el certificado de no embarazo. A cambio, la condición de los hijos es más dura que en el resto del país y la ley te manda a una oficialía específica: la del lugar donde vives. El procedimiento son dos visitas separadas por quince días. Si aún no conoces el mecanismo general —qué es, en qué se diferencia del divorcio judicial y qué documentos suelen pedirse— revísalo en la guía nacional del divorcio administrativo; aquí va únicamente lo que cambia si tu domicilio está en Campeche.
Lo que dice el artículo 281 y por qué te conviene leerlo
La redacción campechana es breve y muy concreta. Permite el divorcio ante el Oficial del Registro Civil cuando ambos consortes convengan en divorciarse, no tengan hijos y de común acuerdo hayan liquidado la sociedad conyugal, si bajo ese régimen se casaron. Ambos deben presentarse personalmente, comprobar con copias certificadas que son casados y mayores de edad, y manifestar su voluntad de disolver el matrimonio “de una manera terminante y explícita”.
Ese verbo importa: la manifestación tiene que ser expresa e inequívoca ante el Oficial, no un formato firmado en casa. Y el propio artículo advierte que el divorcio no surtirá efectos legales si después se comprueba que los cónyuges sí tenían hijos o que no habían liquidado la sociedad conyugal, con las sanciones que marque la legislación aplicable. Traducido: no conviene “acomodar” la declaración para que el trámite salga, porque el divorcio se cae y encima hay consecuencias.
¿Quién puede en Campeche? Las cuatro condiciones
- Acuerdo de ambos, manifestado en persona ante el Oficial del Registro Civil.
- Los dos mayores de edad, acreditado con copias certificadas.
- Sin hijos. La ley campechana no distingue entre menores y mayores, ni admite la excepción federal de hijos mayores que no requieran alimentos.
- Sociedad conyugal liquidada de común acuerdo, cuando se hayan casado bajo ese régimen. Si se casaron por separación de bienes, este punto no aplica.
Falta una condición que sí trae el Código Civil Federal y que en Campeche no aparece: el año mínimo de matrimonio. Si te casaste hace tres meses y se cumplen las cuatro condiciones anteriores, el artículo 281 no te frena por antigüedad.
Requisitos y documentos
La ley solo nombra dos cosas de manera expresa: las copias certificadas con las que compruebas que están casados y que son mayores de edad —en la práctica, acta de matrimonio y actas de nacimiento— y la identificación de ambos, porque el Oficial levanta el acta “previa identificación de los consortes”.
Como el catálogo estatal de trámites no publica la cédula en formato consultable, habla por teléfono o pregunta en la oficialía antes de tu primera visita y confirma tres cosas: si piden un formato de solicitud propio, si exigen que el acta de matrimonio sea reciente y si te van a pedir CURP o testigos. Son los tres puntos donde más gente regresa a casa por un papel faltante.
Cuánto cuesta: por qué no publicamos una cifra
Aquí toca ser francos. La Ley de Hacienda del Estado de Campeche cobra los servicios del Registro Civil en su artículo 54, con todas las tarifas expresadas en UMA y no en pesos. El problema es que la palabra “divorcio” no aparece en ningún punto de esa ley: no hay una fracción llamada “divorcio administrativo”. Existen conceptos genéricos —papel sellado por hoja, certificación de actos en libros, “por cada acto del Código Civil del Estado”, anotaciones— pero decidir cuál te aplican sería una suposición nuestra, y con eso pagas tú en la caja.
Lo que sí puedes dar por firme es el momento del pago: el artículo 55 obliga a cubrir los derechos antes de que te presten el servicio. Ve con esa expectativa a la primera visita.
Sobre el año fiscal: el Paquete Fiscal 2026 de Campeche, publicado el 29 de diciembre de 2025, se integra por la Ley de Ingresos del Estado, el Presupuesto de Egresos y las once leyes de ingresos municipales; no incluye un decreto que reforme la Ley de Hacienda, lo que sugiere que el artículo 54 sigue vigente en 2026 con el texto de la reforma del 26 de diciembre de 2024. Es un indicio razonable, no una confirmación: pregunta el monto del ejercicio en curso en la ventanilla.
Paso a paso: dos visitas con quince días de por medio
- Primera comparecencia. Los dos acuden en persona a la Oficialía del Registro Civil de su domicilio con las copias certificadas y su identificación, y manifiestan su voluntad de divorciarse.
- Acta de solicitud. El Oficial los identifica, levanta un acta donde consta la solicitud de divorcio y los cita a ratificar a los quince días.
- Pago de derechos, previo a la prestación del servicio (art. 55 de la Ley de Hacienda estatal).
- Ratificación. A los quince días vuelven ambos y ratifican. Si lo hacen, el Oficial declara el divorcio, levanta el acta de divorcio y hace la anotación correspondiente en el acta de matrimonio.
Ese plazo de quince días no es burocracia de la oficina: está escrito en la ley y no se puede acortar. Planea dos permisos en el trabajo, no uno.
Dónde: la oficialía de tu domicilio, no la de tu boda
El artículo 281 fija la competencia en el Oficial del Registro Civil del lugar de su domicilio. No abre la puerta de acudir a donde se celebró el matrimonio, alternativa que sí ofrecen otros códigos estatales. Si se casaron en Mérida o en la Ciudad de México pero viven en San Francisco de Campeche o en Ciudad del Carmen, el trámite se presenta en la oficialía que corresponde a su domicilio actual.
Sobre las citas: no localizamos un sistema estatal en línea para el Registro Civil de Campeche, ni un portal de la dependencia que publique directorio y horarios. Hasta que eso se confirme, asume atención presencial y llama antes para saber si atienden por orden de llegada.
Si no calificas: las dos salidas que da el mismo artículo
El artículo 281 cierra señalando las alternativas para quienes no caben en el supuesto administrativo, y ambas van ante Juez competente: el divorcio por mutuo consentimiento, cuando se pide de común acuerdo, y el divorcio sin expresión de causa, cuando cualquiera de los dos lo solicita sin necesidad de señalar el motivo. Esa segunda vía es la que aplica si tu pareja no coopera.
Hay un supuesto distinto que conviene tener presente: según el artículo 280 del mismo código, la declaración de ausencia o la presunción de muerte disuelven el vínculo matrimonial de pleno derecho. No es un divorcio que se tramite en ventanilla, sino un efecto legal de esas declaraciones judiciales.
Y si uno de los dos no puede presentarse el día de la solicitud o de la ratificación, la ley campechana no ayuda: exige comparecencia personal de ambos y no prevé representación por poder, a diferencia de estados donde sí se admite poder notarial. Agenden las dos fechas con eso en mente.
Preguntas frecuentes en Campeche
¿En Campeche necesito llevar un año casado para divorciarme en el Registro Civil?
Mis hijos ya son mayores de edad, ¿puedo divorciarme por la vía administrativa en Campeche?
¿Cuánto cuesta el divorcio administrativo en Campeche?
¿En Campeche me van a pedir certificado de no embarazo?
¿En qué oficina de Campeche tengo que hacer el trámite?
¿Cuánto tarda y cuántas veces tengo que ir?
Fuentes oficiales
- Código Civil del Estado de Campeche, arts. 280 y 281 (publicación 17-10-1942; última reforma consultada 28-04-2022) — Orden Jurídico NacionalConsultado el 6 de agosto de 2026
- Código Civil del Estado de Campeche — Legislación del Congreso del Estado (copia primaria)Consultado el 6 de agosto de 2026
- Ley de Hacienda del Estado de Campeche, arts. 54 y 55 (derechos del Registro Civil en UMA; última reforma 26-12-2024)Consultado el 6 de agosto de 2026
- Ley de Hacienda del Estado de Campeche — Legislación del Congreso del Estado (copia primaria)Consultado el 6 de agosto de 2026
- Paquete Fiscal 2026 del Estado de Campeche (Ley de Ingresos 2026 y decretos que lo integran)Consultado el 6 de agosto de 2026
- Registro Estatal de Trámites y Servicios (RETyS) de Campeche — buscador oficial de trámitesConsultado el 6 de agosto de 2026