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Baja de vehículo en Querétaro

Última verificación: 6 de agosto de 2026 · Dependencia: Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro

En Querétaro la baja de vehículo la lleva la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado, cuesta 5 UMA y se concluye en ventanilla, con cita agendada en el sistema estatal de citas vehiculares. Dos datos locales pueden decidir si sales con la baja o con un viaje perdido: tienes 15 días para manifestar el movimiento desde que vendiste, chocaste o perdiste el vehículo, y la oficina no puede autorizar la baja si arrastras tenencia, refrendo o derechos de control vehicular del ejercicio en curso. El marco general del trámite —qué es, cómo se refleja en el REPUVE, qué hacer si te robaron el auto— está en la guía nacional de baja de vehículo. Aquí va únicamente lo queretano.

Conviene tener claro el ámbito antes de arrancar: en Querétaro el control vehicular es estatal, no municipal. Ningún ayuntamiento —ni el de Querétaro, ni Corregidora, ni San Juan del Río— da de baja placas. Todo pasa por las oficinas recaudadoras de Finanzas, cuyos teléfonos oficiales son el 442 211 7070 y el 800 237 2233.

¿Cuánto cuesta la baja de vehículo en Querétaro?

La particularidad queretana es que la tarifa no está impresa en pesos, sino en UMA dentro de la Ley de Hacienda del Estado de Querétaro. Eso significa que el importe se actualiza solo cada año, cuando se publica el nuevo valor de la UMA, sin necesidad de reformar la ley.

ConceptoTarifa legalBase
Baja del vehículo en el Padrón Vehicular Estatal5 UMAArt. 157, fr. IV
Baja con reducción de ley (INAPAM, pensión, jubilación, discapacidad)2.5 UMA (50%)Art. 164
Aviso a otras entidades federativas por alta de vehículo foráneo5 UMAArt. 157, fr. VI
Reposición de tarjeta de circulación4 UMAArt. 157
Cambio de propietario3.5 UMAArt. 157

Para pasar de UMA a pesos multiplica 5 por el valor diario vigente de la UMA. Como la ley no publica el equivalente y el manual de derechos del estado no lo imprime en un formato legible, pide el importe exacto en la caja o revísalo en la línea de captura antes de pagar: ese es el dato con el que efectivamente pagas.

Y ojo con el costo real del trámite, que casi nunca es solo el derecho de baja. El artículo 162, fracción 2 obliga a liquidar antes la tenencia y los derechos de control vehicular incluido el ejercicio fiscal vigente. Si vienes atrasado, esa cuenta suele pesar mucho más que las 5 UMA de la baja.

Requisitos en Querétaro

La base es el artículo 162, que remite a las fracciones II y V del 158. En términos prácticos, lleva:

  • Identificación oficial vigente con fotografía y firma, en original, del propietario o del arrendatario.
  • Las placas y la tarjeta de circulación del vehículo. Si el auto está inscrito en otra entidad, la ley acepta que presentes la baja del estado de origen en lugar de entregarlas físicamente.
  • Constancia de estar al corriente de tenencia (federal o estatal, según el caso) y de derechos de control vehicular del ejercicio en curso, o prueba de que el vehículo está libre de ese impuesto.
  • Comprobante de pago del derecho de baja (5 UMA), salvo que apliques la reducción del artículo 164.
  • Confirmación de tu cita en el sistema vehicular estatal.

Dónde tramitarlo: oficinas recaudadoras

Querétaro tiene una cobertura territorial poco común: 20 oficinas recaudadoras repartidas en los 18 municipios, incluida toda la Sierra Gorda. Estas son las más usadas para trámites vehiculares:

OficinaDirecciónHorario
Auditorio Josefa Ortiz de DomínguezAv. Constituyentes esq. Sierra de Zimapán s/n, Col. Villas del Sol, Querétaro, C.P. 76046L–V 8:00–15:30 · Sáb 9:00–14:00
Plaza Citadina, Local 40Av. Constituyentes esq. Callejón de los Mendoza s/n, Corregidora, C.P. 76900L–V 8:00–15:30 · Sáb 9:00–14:00
San Juan del Río (Plaza Epic Center)Av. Teófilo Gómez Centeno esq. Blvd. Alfonso Patiño No. 1, locales 125–129, C.P. 76807L–V 8:00–15:30 · Sáb 9:00–14:00
CAM El MarquésCarretera Estatal 210 No. 6301, El Marqués, C.P. 76249L–V 8:30–15:30
CAM CandilesProlongación Av. Candiles No. 204, Corregidora, C.P. 76903L–V 8:00–14:30
Santa Rosa JáureguiAgapito Pozo esq. Independencia, Col. Centro, Querétaro, C.P. 76950L–V 8:00–14:30
CadereytaGuillermo Prieto No. 3, Col. Centro, Cadereyta, C.P. 76500L–V 8:00–15:30
TequisquiapanAv. Palmas No. 5, Col. Los Sabinos, Tequisquiapan, C.P. 76750L–V 8:00–14:30
JalpanAv. H. Colegio Militar esq. calle El Salto, Jalpan, C.P. 76340L–V 8:00–14:30

Hay sedes adicionales en Huimilpan, Amealco, Pedro Escobedo, Colón, Ezequiel Montes, Peñamiller, San Joaquín, Tolimán, Arroyo Seco, Landa de Matamoros y Pinal de Amoles, con horario de lunes a viernes de 8:00 a 14:30.

Cita en línea en el sistema vehicular de Querétaro

El estado opera un sistema propio de agendado, distinto del portal general de trámites, y la lista de servicios incluye expresamente “Baja de vehículo”. El orden que menos vueltas te da es este:

  1. Revisa adeudos primero. Consulta tenencia y derechos vehiculares del ejercicio en el portal tributario estatal. Si no estás al corriente, la oficina no puede mover el padrón, y perderás la cita.
  2. Agenda en citasvehicular.queretaro.gob.mx, elige “Baja de vehículo” y la oficina recaudadora que te quede cerca.
  3. Considera el sábado. Auditorio Josefa Ortiz, Plaza Citadina y San Juan del Río atienden trámites vehiculares en sábado, lo que evita pedir permiso en el trabajo.
  4. Acude con originales, las dos placas y la tarjeta de circulación.
  5. Paga el derecho en caja o con línea de captura y, si te toca la reducción del artículo 164, pídela ahí mismo con tu credencial INAPAM, tu documento de pensión o jubilación, o la constancia de discapacidad.
  6. Guarda el comprobante de baja y confirma después el estatus del vehículo en el REPUVE.

Particularidades de Querétaro

  • Plazo de 15 días (art. 155). La ley te da quince días desde el hecho que genera el movimiento para manifestarlo ante el padrón. Es un plazo que muchos estados no fijan y aquí sí está escrito.
  • Candado fiscal explícito (arts. 162 y 163). No basta con estar “más o menos” al corriente: la autoridad tiene la obligación legal de verificar que el vehículo no debe nada, incluido el año en curso, antes de autorizar cualquier movimiento.
  • Baja sin pagar adeudo por falta de legal estancia (art. 162 fr. 3). Si la baja se debe a que el vehículo no tiene documentos que acrediten su legal estancia en el país, la ley autoriza la baja sin obligación de cubrir el adeudo. Es una salida poco conocida para autos irregulares.
  • 50% de reducción (art. 164). Aplica a los derechos de control vehicular para personas con INAPAM, pensionadas, jubiladas o con discapacidad acreditada ante el Sistema Estatal DIF.
  • Apoyo Tenencia 2026. El estado subsidia hasta 99% de la tenencia para personas físicas y morales sin fines de lucro con vehículos de valor depreciado de hasta $800,000, pagando de enero a marzo de 2026 y estando al corriente de obligaciones fiscales. Te conviene porque ponerte al corriente es justo el requisito que destraba la baja.
  • Si el auto se va a otro estado. Querétaro cobra 5 UMA por el aviso a otras entidades federativas cuando entra un vehículo foráneo, así que el flujo baja–alta entre entidades tiene costo de los dos lados.

Preguntas frecuentes en Querétaro

¿Cuánto cuesta dar de baja un vehículo en Querétaro?
La Ley de Hacienda del Estado de Querétaro fija el derecho en 5 UMA (artículo 157, fracción IV). Al estar expresado en UMA y no en pesos, el importe se actualiza solo cada año cuando cambia el valor de la UMA. Pide el monto exacto en caja o en la línea de captura antes de pagar.
¿Puedo dar de baja el auto si debo tenencia o refrendo en Querétaro?
No. El artículo 162, fracción 2 exige estar al corriente del impuesto sobre tenencia y de los derechos de control vehicular, incluido el ejercicio fiscal en curso, y el artículo 163 obliga a la oficina a verificarlo antes de mover el padrón. La única excepción prevista es la baja por falta de documentos de legal estancia.
¿Hay descuento para adultos mayores o pensionados?
Sí. El artículo 164 concede 50% de reducción en los derechos de control vehicular a personas afiliadas al INAPAM, pensionadas o jubiladas de instituciones de seguridad social y personas con discapacidad acreditada con constancia del Sistema Estatal DIF u otra autoridad competente. La baja pasa entonces de 5 a 2.5 UMA.
¿Cuánto tiempo tengo para dar de baja después de vender el vehículo?
Quince días naturales contados desde el hecho que genera el movimiento, según el artículo 155 de la Ley de Hacienda del Estado de Querétaro. Es un plazo local: pasado ese punto sigues apareciendo como responsable en el Padrón Vehicular Estatal.
¿Se puede hacer la baja en línea en Querétaro?
No a la fecha de esta revisión. En línea solo agendas la cita en citasvehicular.queretaro.gob.mx y consultas o pagas adeudos; la baja se concluye en la oficina recaudadora porque tienes que entregar físicamente las placas y la tarjeta de circulación.

Fuentes oficiales

  1. Secretaría de Finanzas del Estado de Querétaro (dependencia y teléfonos oficiales)Consultado el 6 de agosto de 2026
  2. Asistencia al Contribuyente SF: sección vehicular con Baja de vehículoConsultado el 6 de agosto de 2026
  3. Citas para trámites vehiculares del Estado de QuerétaroConsultado el 6 de agosto de 2026
  4. Ley de Hacienda del Estado de Querétaro (arts. 155, 157, 158, 162, 163 y 164)Consultado el 6 de agosto de 2026
  5. Sistema estatal de citas vehicularesConsultado el 6 de agosto de 2026
  6. Apoyo Tenencia 2026, Gobierno del Estado de QuerétaroConsultado el 6 de agosto de 2026
  7. Directorio de oficinas recaudadoras del Estado de QuerétaroConsultado el 6 de agosto de 2026

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