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Legalización consular de documentos: requisitos y costo 2026

Última verificación: 15 de julio de 2026 · Dependencia: Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE)

La legalización consular certifica que las firmas y sellos de un documento son auténticos para que ese documento surta efectos legales en otro país. Se usa solo entre países que no son parte de la Convención de La Haya (con los que sí lo son se usa apostilla). En la SRE cuesta $782.38 MN por documento en 2026, es un trámite presencial con cita previa y suele resolverse en la misma cita, aunque el plazo máximo es de 3 a 5 días hábiles. Aquí tienes la cadena completa, los requisitos y cuándo te toca apostilla en lugar de legalización. Es parte de tus trámites para viajar al extranjero.

¿Qué es la legalización consular y para qué sirve?

Legalizar un documento es certificar que la firma, el sello o ambos que aparecen en él son auténticos, es decir, que coinciden con los que usa el funcionario que autorizó el documento. Ojo con esto: no certifica el contenido del documento, solo la autenticidad de la firma o el sello. Un acta de nacimiento legalizada sigue siendo un acta de nacimiento; lo único que se validó es que quien la firmó tenía facultad para hacerlo.

Sirve para que un documento público pueda usarse fuera del país donde se emitió. Hay dos direcciones y conviene que sepas en cuál estás:

  • Salida: un documento público mexicano que vas a usar en el extranjero. Recorre la cadena SEGOB → SRE → embajada o consulado del país destino en México.
  • Entrada (legalización consular en sentido estricto): un documento público extranjero que vas a usar en México, legalizado por la representación consular de México en el país donde se emitió.

La dependencia responsable en territorio nacional es la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), a través de sus Delegaciones y Oficinas de Pasaportes. En la cadena participan también la Secretaría de Gobernación (SEGOB) para el paso previo de documentos federales y estatales, y la Secretaría General de Gobierno de cada estado para prelegalizar los documentos estatales.

Legalización o apostilla: cómo saber cuál necesitas

Este es el punto donde la gente pierde más tiempo. La regla es simple y depende de un solo dato: si el país (de origen o de destino) es parte de la Convención de La Haya.

  • Si el país SÍ es parte de La Haya: aplica apostilla, no legalización. Los documentos estatales los apostilla la Secretaría General de Gobierno del estado que los emitió; los federales, la SEGOB. Termina ahí, sin pasar por consulados.
  • Si el país NO es parte de La Haya: aplica legalización consular, con toda la cadena que describimos abajo.

México es parte de la Convención de La Haya desde el 14 de agosto de 1995, así que la mayoría de los trámites hoy se resuelven con apostilla. La legalización consular queda para los países que no se adhirieron. Antes de arrancar, confirma en qué grupo está tu país destino: te ahorra vueltas y dinero.

Requisitos

Para la legalización ante Oficinas de Pasaportes o Delegaciones de la SRE, según el Acuerdo publicado en el DOF el 10 de enero de 2025, necesitas:

  • Solicitud de Legalización debidamente llenada (formato oficial de la SRE).
  • Documento público mexicano original, con firma autógrafa y sello, previamente legalizado por la autoridad competente (la cadena de prelegalización estatal o de SEGOB, según el caso).
  • Identificación oficial vigente (original y copia) del titular del documento y del solicitante. Si acude un tercero, lleva la identificación de ambos.
  • Recibo bancario original con sello digital que acredite el pago de derechos.
  • Cita previa agendada en citas.sre.gob.mx.

Si lo que vas a legalizar es un documento extranjero para usarlo en México, el documento debe llevar primero la legalización de las autoridades competentes de su país y presentarse ante la representación consular de México con jurisdicción sobre el lugar de emisión. La base legal es el artículo 130 del Código Federal de Procedimientos Civiles.

¿Cuánto cuesta?

El costo principal es el derecho que cobra la SRE. Los pasos previos (SEGOB y estatal) tienen sus propias cuotas.

ConceptoCosto (2026)Dónde se paga
Legalización de firmas por documento (SRE)$782.38 MNHoja de Ayuda / recibo bancario
Compulsa o cotejo de documentos (por hoja)$16.65 MNHoja de Ayuda / recibo bancario
Legalización de documento federal ante SEGOB (paso previo)~$499 MNSEGOB

Todos los montos se pagan mediante Hoja de Ayuda o recibo bancario con sello digital: no se paga en efectivo en ventanilla. El pago ante la SRE se rige por el artículo 22 de la Ley Federal de Derechos. Antes de pagar, confirma el monto vigente en la Ley Federal de Derechos 2026, porque las cuotas se actualizan cada año fiscal.

Cómo tramitarlo paso a paso

Los pasos cambian según la dirección de tu documento. Ubícate en el caso que te toca.

A) Documento mexicano para usar en el extranjero (país NO parte de La Haya)

  1. Prelegalización estatal. Si el documento es estatal o de la CDMX, legalízalo primero en la Secretaría General de Gobierno del estado que lo emitió. Los documentos federales se saltan este paso.
  2. SEGOB. Lleva el documento a la Dirección de Coordinación Política con los Poderes de la Unión, en Río Amazonas #62, Cuauhtémoc, CDMX (atención de 9:00 a 13:00, de lunes a viernes), para su legalización.
  3. SRE. Agenda cita en citas.sre.gob.mx, paga el derecho, presenta los requisitos y obtén la legalización.
  4. Embajada o consulado del país destino en México: legalización final para que el documento surta efectos allá.

Si el país destino es parte de La Haya, no hagas este circuito: se apostilla (documento estatal en la Secretaría General de Gobierno del estado; documento federal en SEGOB) y termina ahí.

B) Documento extranjero para usar en México

  1. Legaliza el documento ante las autoridades competentes del país de origen.
  2. Preséntalo ante la representación consular de México (embajada o consulado) con jurisdicción sobre el lugar donde se emitió; el funcionario consular certifica la firma y el sello.
  3. Con esa legalización consular, el documento surte efectos en México sin necesidad de otra certificación adicional de la SRE.

Si el país de origen es parte de La Haya, el documento se apostilla allá y no requiere legalización consular.

Cómo sacar tu cita en la SRE

No hay trámite 100% en línea: la legalización es presencial. Lo único que se gestiona por internet es la cita, en el portal citas.sre.gob.mx (MiConsulado). Para agendar necesitas CURP y un correo electrónico. La SRE opera Delegaciones Metropolitanas y Foráneas y Oficinas de Pasaportes en todo el país; en ese mismo portal consultas la disponibilidad de citas y las oficinas cercanas. Como es un trámite federal homogéneo, el requisito y el costo son iguales en cualquier estado.

Tiempos, vigencia y entrega

El plazo máximo del trámite ante la SRE lo fija el Acuerdo publicado en el DOF el 10 de enero de 2025:

  • Prevención: hasta 3 días hábiles.
  • Resolución: hasta 5 días hábiles.

En la práctica, muchas legalizaciones se resuelven el mismo día de la cita. Sobre la vigencia, ten claro esto: ni la legalización ni la apostilla tienen fecha de caducidad propia. Lo que envejece es el documento de fondo y lo que exija la autoridad receptora extranjera. Algunos países piden, por ejemplo, actas emitidas en los últimos seis meses; eso lo define quien va a recibir el documento, no la SRE.

Casos especiales

  • Documentos académicos. La legalización de documentación académica para estudiar en el extranjero la coordina también la SEP, a través de la DGAIR, antes de la cadena de la SRE. Si tu trámite es para estudios, revisa este paso previo.
  • Tercero autorizado. Puede acudir un tercero por ti presentando identificación oficial vigente del titular y del solicitante.
  • Países sin representación en México. Existe un procedimiento especial cuando el país destino no tiene representación diplomática en México.

Errores comunes que retrasan el trámite

  • Saltarte la prelegalización. La SRE no legaliza un documento estatal que no pasó antes por la Secretaría General de Gobierno del estado (y por SEGOB cuando aplica). Si llegas sin ese paso, te regresan.
  • Confundir apostilla con legalización. Hacer toda la cadena consular cuando tu país destino es de La Haya es tiempo y dinero tirados: te bastaba la apostilla. Confirma el estatus del país antes de empezar.
  • Pretender pagar en ventanilla. El derecho se cubre con Hoja de Ayuda o recibo bancario con sello digital; llega con el comprobante, no con efectivo.
  • Identificaciones incompletas. Si acude un tercero y no lleva la identificación del titular y la suya, no procede el trámite.
  • Llegar sin cita. El trámite exige cita previa agendada en citas.sre.gob.mx; sin ella no te atienden.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre apostilla y legalización?
La apostilla se usa para documentos que irán a países parte de la Convención de La Haya; la legalización, para países que NO son parte. Ambas certifican solo la autenticidad de la firma y el sello, no el contenido del documento.
¿Cuánto cuesta legalizar un documento en la SRE?
$782.38 MN por documento (cuota de la Ley Federal de Derechos vigente en 2026), pagados mediante Hoja de Ayuda o recibo bancario con sello digital. Confirma el monto en la Ley Federal de Derechos vigente antes de pagar.
¿Puedo hacer la legalización por internet?
No. El trámite es presencial y con cita. Solo la cita se agenda en línea en citas.sre.gob.mx, para lo que necesitas CURP y correo electrónico.
¿Qué pasos sigo para usar mi acta de nacimiento en un país que no es de La Haya?
Prelegalización en la Secretaría General de Gobierno de tu estado, luego SEGOB, luego SRE y por último la embajada o consulado del país destino en México. Si el país sí es de La Haya, en vez de esta cadena se apostilla.
¿Cuánto tarda el trámite en la SRE?
El Acuerdo vigente fija hasta 3 días hábiles para la prevención y hasta 5 para la resolución. En la práctica, muchas legalizaciones se resuelven el mismo día de la cita.
¿La legalización tiene fecha de caducidad?
La legalización o apostilla en sí no caduca; lo que puede quedar desactualizado es el documento de fondo (por ejemplo, un acta reciente). La autoridad receptora extranjera define qué antigüedad acepta.
¿Quién apostilla mis documentos?
Los documentos estatales los apostilla la Secretaría General de Gobierno del estado que los emitió. Los documentos federales los apostilla la Secretaría de Gobernación (SEGOB).
¿Necesito legalizar un documento extranjero para usarlo en México?
Si viene de un país que NO es parte de La Haya, sí: debe legalizarlo el consulado o embajada de México en ese país. Si viene de un país parte de La Haya, basta la apostilla de origen.

Fuentes oficiales

  1. Acuerdo por el que se dan a conocer los trámites de la SRE (DOF 10-ene-2025)Consultado el 15 de julio de 2026
  2. SRE — Legalización de documentosConsultado el 15 de julio de 2026
  3. SRE — Legalización de firmas y/o sellos de documentos públicos extranjerosConsultado el 15 de julio de 2026
  4. SRE — Legalización de documentos públicos extranjeros (art. 130 CFPC)Consultado el 15 de julio de 2026
  5. Ley Federal de Derechos (Orden Jurídico Nacional)Consultado el 15 de julio de 2026
  6. Apostilla — Gobierno de MéxicoConsultado el 15 de julio de 2026
  7. Citas SRE (MiConsulado)Consultado el 15 de julio de 2026
  8. Formato oficial de Solicitud de Legalización (SRE)Consultado el 15 de julio de 2026
  9. Extracto de la Ley Federal de Derechos 2026 (cuotas consulares)Consultado el 15 de julio de 2026