Saltar al contenido
T Trámite MX

Acta de defunción en Zacatecas

Última verificación: 6 de agosto de 2026 · Dependencia: Registro Civil del Estado de Zacatecas, adscrito a la Coordinación General Jurídica (CGJ), y oficialías de cada presidencia municipal

En Zacatecas el trámite se parte en dos ventanillas distintas, y saberlo de antemano te ahorra un viaje. El asentamiento —registrar el fallecimiento— lo hace la Oficialía del Registro Civil del municipio donde murió la persona, y cada municipio cobra lo suyo. La expedición de copias la atiende el Registro Civil estatal, que aquí no cuelga de una secretaría de gobierno sino de la Coordinación General Jurídica (CGJ), con sede en Ciudad Administrativa. Por eso no existe “el precio” del acta en Zacatecas: los montos documentados van de $120 a $358 según el concepto y el municipio. El marco general —qué es el acta, el certificado médico que va antes y cómo se descarga la copia en línea— está en la guía nacional del acta de defunción. Aquí va solo lo zacatecano.

¿Cuánto cuesta en Zacatecas?

Antes de la tabla, una advertencia que en este estado pesa más que en otros: ninguna de las fichas oficiales del catálogo estatal (RETyS) imprime el año fiscal vigente. La única que sí cita un ejercicio es la del municipio de Zacatecas, y se apoya en la Ley de Ingresos municipal de 2022. Trata todo lo que sigue como referencia para saber en qué orden de cifras te mueves, no como tarifa 2026 en firme.

ConceptoMontoOficinaNota de vigencia
Expedición de actas del Registro Civil (incluida defunción)$123.00Estatal — CGJ, Ciudad AdministrativaLey de Hacienda del Estado, art. 96 fr. II inciso A; la ficha lo marca “vigente desde 01-01-2019”
Registro (asentamiento) de defunción$358.00Mpio. Zacatecas (capital)Fundamento citado: Ley de Ingresos municipal 2022
Copia certificada — acta municipal$119.00Mpio. Zacatecas (capital)Sin año fiscal impreso
Copia certificada — acta foránea$282.00Mpio. Zacatecas (capital)Sin año fiscal impreso
Copia certificada de acta de defunción$120.00Mpio. JerezSin año fiscal impreso
Asentamiento de defunción$286.33Mpio. ValparaísoSin año fiscal impreso
Registro de defunciones$155.55Mpio. Gral. Pánfilo NateraSin año fiscal impreso
Copias de actas certificadas$127.00Mpio. ApozolSin año fiscal impreso
Inserción de acta extranjera$493.00Estatal — CGJSin año fiscal impreso

Dos detalles que sí conviene grabarse. Primero, en la capital una copia de acta foránea cuesta $282 frente a $119 la municipal: más del doble si la defunción se registró en otro municipio o en otra entidad. Segundo, en varias oficialías —Zacatecas capital, Jerez y Apozol— el pago se hace antes en la Tesorería municipal y se llega a la ventanilla del Registro Civil con el recibo en mano; no se paga ahí mismo.

Y una alerta para que nadie se asuste: la ficha del municipio de Fresnillo publica una cantidad de $6,980.00 junto al asentamiento de defunción. Esa cifra no es el costo del acta, la propia ficha aclara que corresponde a la adquisición de un lote a perpetuidad en panteón.

Requisitos en Zacatecas

Los papeles que piden las oficialías zacatecanas coinciden entre municipios, con variaciones menores en el número de copias. Esta es la lista confirmada en las fichas de la capital, Fresnillo, Jerez, Valparaíso y Gral. Pánfilo Natera:

  • Certificado médico de defunción, original.
  • Acta de nacimiento del finado, original y copia (en Fresnillo, original y dos copias).
  • Acta de matrimonio del finado, si era casado, y en la capital también el acta de nacimiento del cónyuge.
  • Identificación oficial con fotografía del finado: credencial de elector o pasaporte.
  • CURP del finado.
  • Identificación vigente y CURP del declarante.
  • Dos testigos mayores de edad con identificación —y CURP en Valparaíso—. El art. 83 del Código Familiar pide que sean preferentemente parientes o vecinos de la persona fallecida.
  • Comprobante de pago de derechos expedido por la Tesorería municipal.
  • Comprobante de pago del servicio de inhumación o documento de propiedad en panteón, o bien el certificado de cremación si aplica.

En Valparaíso la ficha dirige el trámite expresamente a familiares mayores de 18 años de la persona fallecida.

Dónde tramitarlo: oficialías del Registro Civil

OficinaDirecciónHorarioTeléfono
Registro Civil estatal (CGJ) — copias e insercionesCircuito Cerro del Gato, Edificio I, Piso 1, Ciudad Administrativa, C.P. 98160, ZacatecasL–V 8:00–16:00(492) 491-5000 ext. 25141 y 25147
Oficialía — Presidencia Municipal de ZacatecasHéroes de Chapultepec 1110, Col. Lázaro Cárdenas, C.P. 98040L–V 8:00–15:30(492) 923 94 21
Registro Civil — Presidencia Municipal de FresnilloRosas Moreno 3, Col. Fresnillo CentroL–V 8:00–15:00(493) 932 25 19
Registro Civil — Presidencia Municipal de JerezPlaza Principal No. 11, Centro, C.P. 99300L–V 8:00–15:30(494) 945 22 53 / 945 22 54
Registro Civil — Presidencia Municipal de ValparaísoPlaza Constitución S/N, Col. Valparaíso CentroL–V (horario exacto no publicado)(457) 930185 ext. 222
Registro Civil — Gral. Pánfilo NateraAlfonso Medina 6, Col. CentroL–V 8:30–15:30, receso 11:00–11:30(458) 931-6253
Registro Civil — Presidencia Municipal de ApozolConstitución 1, ApozolL–V 8:30–15:00(467) 952 07 96

Si tu municipio no está en la tabla, el catálogo estatal permite filtrar por municipio en catalogoestatal.zacatecas.gob.mx/retys, con los 58 municipios registrados. Los tiempos de resolución también cambian: Jerez, Fresnillo y Gral. Pánfilo Natera resuelven en 1 día hábil, Valparaíso en 3 y la capital declara hasta 15 días hábiles.

¿Hay citas en línea en Zacatecas?

No las hay, o al menos no están publicadas. Zacatecas no tiene portal propio de actas ni sistema de citas del Registro Civil: la ficha oficial del estado remite directamente a la plataforma federal gob.mx/ActaNacimiento, donde la copia certificada se entrega en un plazo mínimo de 2 horas. Ninguna de las fichas municipales consultadas menciona cita previa, así que la atención es por orden de llegada. Antes de trasladarte, confírmalo al (492) 491-5000 ext. 25141.

Ojo con los quioscos de servicios electrónicos del estado: los tres que operan —Wal-Mart Zacatecas, Mercado Soriana en Guadalupe y Soriana Fresnillo— solo expiden acta de nacimiento y CURP. Para defunción no sirven.

Particularidades de Zacatecas

  1. Sin autorización del Oficial no hay sepelio. El art. 82 del Código Familiar prohíbe cualquier inhumación o cremación sin autorización escrita del Oficial del Registro Civil, y además prohíbe inhumar antes de 24 horas del fallecimiento. Eso fija el orden real: certificado médico, oficialía, autorización, panteón o crematorio.
  2. Plazo con dos lecturas. El art. 85 obliga a dar aviso dentro de las 24 horas; la ficha del municipio de Jerez, en cambio, habla de registrar dentro de las 72 horas. La regla segura es avisar el mismo día.
  3. Ley recién reformada. El Código Familiar del Estado tuvo su última reforma el 4 de febrero de 2026 (Decreto 225), así que los artículos de defunciones (82 a 91) están frescos. El art. 92 quedó derogado.
  4. Disposición sobre feminicidio. El art. 84 prevé que, cuando la causa de muerte sea feminicidio o violencia familiar determinada por sentencia firme, el juez lo comunique al Registro Civil para que se asiente. Es un rasgo poco común en la legislación estatal del país.
  5. El Registro Civil no aparece como dirección independiente. Quien busque una “Dirección General del Registro Civil de Zacatecas” en el directorio de dependencias no la va a encontrar: la ventanilla estatal está dentro de la CGJ, en Ciudad Administrativa, Edificio I.

Para casos especiales, el propio Código Familiar zacatecano tiene reglas específicas: muerte violenta o accidente con aviso al Ministerio Público (art. 87), fallecimiento en un lugar sin oficialía (art. 86), identidad desconocida o siniestros (arts. 88 y 89), remisión del aviso a la oficialía donde se registró el nacimiento (art. 90) y defunciones en el ámbito militar (art. 91).

Preguntas frecuentes en Zacatecas

¿Dónde registro una defunción en Zacatecas capital?
En la Oficialía del Registro Civil de la Presidencia Municipal de Zacatecas, en Héroes de Chapultepec 1110, Col. Lázaro Cárdenas, C.P. 98040, de lunes a viernes de 8:00 a 15:30 (tel. 492 923 94 21). El asentamiento siempre se hace en el municipio donde ocurrió el fallecimiento, no en la oficina estatal.
¿Cuánto cuesta el acta de defunción en Zacatecas?
No hay un precio único. El estado publica $123 por expedición de actas del Registro Civil, y cada municipio cobra lo suyo: la capital reporta $358 por el registro y $119 por copia certificada municipal, Jerez $120 por la copia del acta de defunción y Valparaíso $286.33 por el asentamiento. Ninguna de esas fichas imprime tarifa 2026 confirmada, así que confirma el monto en la ventanilla antes de pagar.
¿Cuánto tiempo tengo para registrar la defunción en Zacatecas?
El Código Familiar del Estado (art. 85) obliga a dar aviso dentro de las 24 horas. Algunas oficialías, como la de Jerez, manejan hasta 72 horas para el asentamiento. Conviene hacerlo el mismo día, porque sin acta no hay autorización de inhumación ni de cremación.
¿Puedo sepultar o cremar antes de tener el acta en Zacatecas?
No. El artículo 82 del Código Familiar zacatecano prohíbe cualquier inhumación o cremación sin autorización escrita del Oficial del Registro Civil, y además prohíbe inhumar antes de que pasen 24 horas del fallecimiento. El orden real es: certificado médico, oficialía, autorización y luego panteón o crematorio.
¿Los quioscos electrónicos de Zacatecas expiden acta de defunción?
No. Los quioscos de servicios electrónicos del estado (Wal-Mart Zacatecas, Mercado Soriana en Guadalupe y Soriana Fresnillo) solo expiden copia certificada de acta de nacimiento y CURP. Para la copia del acta de defunción, la ficha oficial del estado remite a la plataforma federal gob.mx/actas.
¿Necesito cita en el Registro Civil de Zacatecas?
No se localizó ningún sistema de citas del Registro Civil zacatecano, ni estatal ni municipal: ninguna ficha oficial lo menciona y la atención parece ser por orden de llegada en horario de oficina. Aun así, conviene confirmarlo al (492) 491-5000 ext. 25141 antes de trasladarte.

Fuentes oficiales

  1. Ficha oficial Expedición de Actas del Registro Civil — Catálogo estatal RETyS (dependencia CGJ, $123, domicilio y modalidad en línea)Consultado el 6 de agosto de 2026
  2. Código Familiar del Estado de Zacatecas, arts. 82–91 (defunciones) — última reforma 04-02-2026, Decreto 225Consultado el 6 de agosto de 2026
  3. Ficha Registro de Defunción — Presidencia Municipal de Zacatecas (requisitos, $358, 15 días hábiles)Consultado el 6 de agosto de 2026
  4. Ficha Expedición de copia certificada de los actos y hechos del estado civil — Mpio. Zacatecas ($119 municipal / $282 foránea)Consultado el 6 de agosto de 2026
  5. Ficha Acta de defunción — Presidencia Municipal de Valparaíso ($286.33, requisitos y 3 días hábiles)Consultado el 6 de agosto de 2026
  6. Ficha Asentamiento o Registro de Defunción — Presidencia Municipal de Jerez (plazo de 72 horas, 1 día hábil)Consultado el 6 de agosto de 2026
  7. Ficha Copia certificada de actas — Presidencia Municipal de Jerez (defunción $120)Consultado el 6 de agosto de 2026
  8. Ficha Registro de Defunciones — Presidencia Municipal de Gral. Pánfilo Natera ($155.55)Consultado el 6 de agosto de 2026
  9. Ficha Asentamiento de defunción — Presidencia Municipal de Fresnillo (requisitos y documento de panteón o cremación)Consultado el 6 de agosto de 2026
  10. Ficha Autorización de Inserción de Acta Extranjera — CGJ ($493, 5 días hábiles)Consultado el 6 de agosto de 2026
  11. Coordinación General Jurídica del Gobierno del Estado de Zacatecas (sede en Ciudad Administrativa, Edificio I)Consultado el 6 de agosto de 2026
  12. Portal estatal de Trámites y Servicios de Zacatecas (quioscos electrónicos: solo nacimiento y CURP)Consultado el 6 de agosto de 2026
  13. RETyS — Registro Estatal de Trámites y Servicios de Zacatecas (directorio por municipio)Consultado el 6 de agosto de 2026

Sigue con estos trámites