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Acta de defunción en Nayarit 2026: costo, requisitos y oficialías

Última verificación: 6 de agosto de 2026 · Dependencia: Dirección de Registro Civil de Nayarit (Secretaría General de Gobierno)

En Nayarit registrar una defunción no es gratuito: cuesta $489.00 y el pago se hace en caja o banco antes de que el Oficial levante el acta, así que conviene saberlo desde el primer momento. Otras dos reglas locales aprietan el calendario: el aviso al Registro Civil debe darse dentro de las 24 horas siguientes al fallecimiento y ninguna inhumación puede hacerse sin la autorización escrita del Oficial. Todo es presencial; el estado no tiene portal propio de actas ni agenda de citas. El marco general —qué es el acta, en qué se diferencia del certificado médico y para qué te la van a pedir— está en la guía nacional del acta de defunción. Aquí va solo lo de Nayarit.

¿Cuánto cuesta en Nayarit?

El estado fija todas las tarifas del Registro Civil en UMA, no en pesos: la Ley de Ingresos del Estado Libre y Soberano de Nayarit 2026 (artículo 16, publicada el 29 de diciembre de 2025) marca 4.3 UMA el registro de la defunción y 0.68 UMA cada formato de acta. Los montos en pesos son los que publica el portal estatal de trámites.

ConceptoMonto en el portal estatalTarifa legal 2026Tiempo de respuesta
Registro de la defunción$489.004.3 UMA~1 hora
Copia certificada del acta (formato único)$80.000.68 UMA~15 minutos
Acta registrada en otro estado, expedida en Nayarit$331.002.9 UMA1 día
Inserción de defunción ocurrida en el extranjero$1,915.0016.9 UMA7 días
Certificado de inexistencia de registroNo publicado en pesos3.7 UMAPor confirmar

Aquí va el matiz importante y hay que decirlo claro: la ley vigente está expresada en UMA, pero las fichas del portal estatal siguen citando como fundamento la Ley de Ingresos 2025. Por eso los pesos de la tabla son la referencia oficial disponible, no una cifra cerrada para el ejercicio 2026: confirma el importe exacto en la caja antes de pagar. El precio incluye impuestos, pero no las comisiones bancarias.

El pago se hace en las cajas de recaudación de Casa de Gobierno, en institución bancaria autorizada, por transferencia o en tienda de conveniencia. No hay pago en línea del Registro Civil de Nayarit, así que ese paso siempre implica una parada previa.

Requisitos para registrar la defunción en Nayarit

La ficha oficial del trámite pide esta documentación, y la lista tiene dos particularidades que sorprenden a mucha gente: se necesitan dos testigos y la CURP certificada de la persona fallecida.

  • Certificado médico de defunción. Si se extravió, la ficha admite el reporte de la Fiscalía.
  • Acta de nacimiento del finado.
  • Acta de matrimonio del finado; si era viudo, el acta de defunción del cónyuge.
  • CURP certificada del finado.
  • Identificación oficial con fotografía del declarante.
  • Dos testigos con identificación oficial.
  • Comprobante de pago de los $489.00.
  • Si pasó más de un año del fallecimiento: declaraciones testimoniales judiciales.

Esa última línea es una regla propia de Nayarit y conviene tomarla en serio: pasado un año, el registro deja de ser un trámite de ventanilla y necesita el respaldo de testimoniales ante autoridad judicial.

Para la copia certificada de un acta ya registrada los requisitos son mínimos: llevar copia del acta o los datos correctos del registro (nombres, fecha y lugar) y el comprobante de pago de $80.00.

Dónde tramitarlo: sede estatal y oficialías

La Dirección de Registro Civil, adscrita a la Secretaría General de Gobierno, es la sede estatal; de ella dependen las oficialías que operan en los municipios. Ojo con los horarios, porque no coinciden: la sede abre de 8:00 a 16:00 y las oficialías municipales de 9:00 a 15:00.

OficinaDirecciónHorarioTeléfono
Dirección de Registro Civil (sede estatal)Casa de Gobierno, México S/N, Tepic Centro, C.P. 63000L–V 8:00–16:00311 215 2000 ext. 20145 / 20147 / 20148
Oficialía 017-01, TepicPresidencia Municipal, Puebla esq. con A. Nervo9:00–15:00, lunes a domingo311 215 32 11
Oficialía 017-02, Tepic (Col. Menchaca)P. Sánchez esq. con Eulogio ParraL–V 9:00–15:00311 213 14 30
Oficialía 017-03, Tepic (Col. Mololoa)Francisco I. Madero y TacubaL–V 9:00–15:00311 212 14 60
Oficialía 020-02, Bahía de BanderasVeracruz esq. con Morelos, Valle de BanderasL–V 9:00–15:00329 291 18 70 ext. 651
Oficialía 020-09, Bahía de BanderasCalle Bugambilia, Col. La Unidad, SayulitaL–V 9:00–15:00329 298 15 60
Oficialía 015-01, Santiago IxcuintlaAv. 20 de Noviembre e Hidalgo, CentroL–V 9:00–15:00311 282 54 96
Oficialía 004-01, CompostelaHidalgo y Morelos, Col. CentroL–V 9:00–15:00327 277 07 54 ext. 1012
Oficialía 008-01, XaliscoHidalgo y Juárez 1, Col. CentroL–V 9:00–15:00311 211 20 20

El dato más útil de esa tabla es el de la oficialía 017-01 de Tepic, con atención de lunes a domingo: los fallecimientos no respetan el calendario laboral y el plazo de aviso corre igual en fin de semana. Aun así, llama antes de acudir: el directorio disponible es de agosto de 2025 y las oficialías pequeñas cambian domicilio y teléfono con frecuencia. Si el fallecimiento ocurrió en una localidad sin oficina del Registro Civil —algo común en la sierra nayarita—, la autoridad municipal extiende una constancia y la remite al Oficial que corresponda para que asiente el acta (artículo 117 del Código Civil estatal).

Cómo se hace el trámite, paso a paso

  1. Obtén el certificado médico de defunción. Lo expide el médico. Si la muerte fue violenta o sospechosa, interviene el Ministerio Público: el Oficial le da aviso y espera su comunicación para asentar el acta (artículo 118).
  2. Da aviso al Oficial del Registro Civil dentro de las 24 horas. El Código Civil de Nayarit impone esa obligación a los dueños o habitantes de la casa, a los directores de instituciones y a los huéspedes (artículo 116).
  3. Paga los $489.00 en caja de recaudación de Casa de Gobierno, banco, transferencia o tienda de conveniencia, y guarda el comprobante.
  4. Acude a la oficialía con el certificado, la documentación del finado, tu identificación y los dos testigos. El acta se levanta en aproximadamente una hora.
  5. Recoge la autorización escrita de inhumación. Sin ese documento no puede realizarse la inhumación (artículo 113), y el acta debe asentar la causa de la muerte y el destino del cuerpo, con nombre y ubicación del panteón o crematorio (artículo 115).
  6. Pide las copias certificadas que vayas a necesitar ($80.00 cada una, unos 15 minutos). Calcula varias: notaría, IMSS o ISSSTE, banco y aseguradora suelen quedarse con un ejemplar.

Nayarit no tiene sistema de citas del Registro Civil ni plataforma estatal para descargar actas, así que no pierdas tiempo buscándolos: se llega por orden de llegada, dentro del horario de la oficialía.

Particularidades de Nayarit

  • El registro se paga. Es la diferencia número uno frente a estados donde asentar la defunción es gratuito, y obliga a pasar antes por caja o banco.
  • Tarifas en UMA. Como el artículo 16 de la Ley de Ingresos fija los derechos en UMA, los montos en pesos se mueven cada año fiscal. Si ves una cifra distinta a la de esta guía en ventanilla, revisa cuál es la referencia que están aplicando.
  • Aviso en 24 horas y regla del año. El plazo corto para avisar y la exigencia de declaraciones testimoniales judiciales pasado un año son requisitos locales que el marco nacional deja abiertos.
  • Fallecimiento fuera del domicilio del finado. A solicitud de los interesados se remite copia certificada al Oficial del domicilio para su inscripción (artículo 122). Sirve cuando la familia vive en Nayarit y el fallecimiento ocurrió en otro municipio o estado.
  • Defunción registrada en otro estado o en el extranjero. Desde Nayarit puedes pedir el acta de otra entidad por $331.00 (un día) o insertar el acta extranjera apostillada y traducida por perito autorizado por $1,915.00 (siete días). Ojo: la inserción de nacimiento es exenta, la de defunción no.
  • Errores en el acta. La rectificación administrativa arranca en $648.00, la inscripción de una sentencia cuesta $965.00 y la nulidad llega a $2,300.00, con respuesta aproximada de 30 días en el Departamento Jurídico del Registro Civil, en Tepic.

Preguntas frecuentes en Nayarit

¿Cuánto cuesta registrar una defunción en Nayarit?
$489.00. A diferencia de otros estados, en Nayarit el asentamiento del acta sí se paga: la Ley de Ingresos del Estado 2026 lo fija en 4.3 UMA y el portal estatal de trámites publica $489.00. El pago se hace antes, en las cajas de recaudación de Casa de Gobierno, en banco, por transferencia o en tienda de conveniencia, y hay que llevar el comprobante a la oficialía.
¿Cuánto cuesta una copia del acta de defunción en Nayarit?
$80.00 por copia certificada (0.68 UMA), y te la entregan en unos 15 minutos si llevas el pago y los datos correctos del registro. Si la defunción se registró en otro estado y pides el acta desde Nayarit, el costo es de $331.00 y la entrega tarda alrededor de un día.
¿Cuánto tiempo tengo para registrar la defunción en Nayarit?
El aviso al Oficial del Registro Civil debe darse de inmediato y a más tardar dentro de las 24 horas siguientes al fallecimiento, según el artículo 116 del Código Civil para el Estado de Nayarit. La obligación recae en los dueños o habitantes de la casa, en los directores de instituciones y en los huéspedes. Si pasó más de un año, el registro exige además declaraciones testimoniales judiciales.
¿Puedo sacar el acta de defunción por internet en Nayarit?
Por el canal estatal, no. Las fichas oficiales marcan el registro y la expedición del acta como trámites presenciales, no hay pago en línea del Registro Civil de Nayarit ni sistema de citas propio. Tampoco pudimos confirmar que el estado esté integrado a la plataforma nacional de actas, así que no cuentes con descargarla desde casa: planea la visita a la oficialía.
¿Dónde registro una defunción en Tepic?
En la Dirección de Registro Civil, en Casa de Gobierno (México S/N, Tepic Centro), de lunes a viernes de 8:00 a 16:00, o en alguna de las oficialías del municipio. La oficialía 017-01, en la Presidencia Municipal (Puebla esquina con A. Nervo), aparece en el directorio oficial con atención de 9:00 a 15:00 de lunes a domingo, útil si el fallecimiento ocurre en fin de semana. Llama antes de acudir.
¿Puedo cremar o sepultar antes de registrar la defunción?
No. En Nayarit ninguna inhumación puede hacerse sin la autorización escrita del Oficial del Registro Civil (artículo 113 del Código Civil estatal), y el acta debe asentar la causa de la muerte y el destino del cadáver, con el nombre y la ubicación del panteón o crematorio. El permiso lo firma el Oficial, no la funeraria.

Fuentes oficiales

  1. Ficha oficial Registro de defunción — Portal de trámites del Estado de Nayarit (costo $489, requisitos, 1 hora)Consultado el 6 de agosto de 2026
  2. Ficha oficial Expedición de actas del Registro Civil (copia certificada $80, 15 minutos)Consultado el 6 de agosto de 2026
  3. Ficha oficial Expedición de actas de otros estados ($331, 1 día)Consultado el 6 de agosto de 2026
  4. Ficha oficial Inscripciones de actos de mexicanos celebrados en el extranjero ($1,915, 7 días)Consultado el 6 de agosto de 2026
  5. Ficha oficial Rectificación, modificación administrativa y/o nulidad de acta ($648–$2,300, 30 días)Consultado el 6 de agosto de 2026
  6. Ley de Ingresos del Estado Libre y Soberano de Nayarit 2026, art. 16 (tarifas del Registro Civil en UMA)Consultado el 6 de agosto de 2026
  7. Código Civil para el Estado de Nayarit, arts. 113–126 (aviso en 24 horas, autorización de inhumación, muerte violenta)Consultado el 6 de agosto de 2026
  8. Directorio de Oficialías del Registro Civil de Nayarit (RENAPO, archivo fechado 11-08-2025)Consultado el 6 de agosto de 2026

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